jueves, 13 de abril de 2017

AFIP: Posibles modificaciones DDJJ BIenes personales y Ganancias.

La información anual se cargará directamente en la web. Su presentación se hará por separado del de Ganancias, para el que prometen aún más simplificación.

 En una reunión del Consejo Consultivo de la AFIP con entidades que representan a los contadores nacionales y del interior, funcionarios adelantaron que probablemente se atrase más la presentación de las declaraciones de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales de trabajadores en relación de dependencia y otras personas humanas, las que ya habían pasado de abril y mayo al 30 de junio.

Esto último porque, entre otras cosas, a que la AFIP no llegaría a tiempo de implementar los sistemas para un cambio radical en la presentación de los impuestos. Hasta ahora la declaración anual de Ganancias y Bienes Personales se hacía mediante un aplicativo o formulario que generaba la página de Internet del organismo recaudador. Ahora, Bienes Personales no se presentará más por aplicativo sino que los datos se volcarán directamente en la web.

Por eso, además, los dos gravámenes se empezarán a presentar por separado.

Por otra parte, se simplificará aún más el Impuesto a las Ganancias para trabajadores, dijeron los funcionarios de la AFIP a los representantes del Colegio de Profesionales de Ciencias Económicas de la ciudad de Buenos Aires, la Federación Argentina de Colegios de Ciencias Económicas y representantes de entidades profesionales del interior del país con los que se reunieron.

Otra aclaración importante que hicieron los funcionarios de la AFIP es que la nueva obligación de los empleados de presentar mensualmente el Siradig o formulario con los descuentos que quieren tomarse en el Impuesto a las Ganancias es solamente cuando tengan cargas de familia u otras deducciones para hacer. De lo contrario, no están obligados.

Fernanda Laiun, del estudio Laiun, Fernandez Sabella & Smudt, explicó que 2017 presenta cambios respecto de las obligaciones de empleados y empleadores así como nuevas posibilidades de documentar gastos que permitirán pagar menos impuesto.

Y sobre 2016 aclaró que hay tiempo hasta el próximo viernes 21 para presentar el F572 (o Siradig) informando las deducciones y cargas de familia que no se hayan hecho antes. Es la oportunidad de revisar las facturas de honorarios médicos no reintegrados por la prepaga, informar una empleada doméstica si no se hizo antes o pagos de obra social adicional.

Pero Laiun advirtió que la AFIP implementó un control sobre las cargas de familias relacionando la CUIT o CUIT con la base de ANSES y si la carga informada cobró más que la jubilación mínima automáticamente se elimina del formulario.

Para 2017 todos los empleados deben contar con clave fiscal e informar sus hijos, esposas u otros gastos (no hay más otras cargas como madre, abuela, tíos) a través de www.afip.gob.ar/Siradig Trabajador, pero esto es lo que aclararon los funcionarios que es en caso de que tengan estas cargas u otras deducciones.
En tanto, aparecieron algunas deducciones nuevas que requieren de documentación para poder tomarlas como gastos.

Se pueden deducir los pagos de alquiler por vivienda y puede representar un ahorro de hasta $ 17.000 por año, comentó Laiun. Es para aquellos que no tengan ningún inmueble a su nombre. Con las facturas del dueño por el alquiler, pueden lograr tomar como gasto hasta el 40% de lo que paguen con un máximo anual de $ 52.000. Es decir que en un sueldo alto, de los que ahora pagan el 35% representa un ahorro de $ 15.000 de impuesto.

Se pueden deducir los pagos a la empleada doméstica y sus cargas sociales y también puede representar un ahorro de hasta $17.000 por año, enfatizó Laiun.
Ya existía esta posibilidad en 2016 de reconocer formalmente el vínculo con la empleada doméstica con una importante ventaja impositiva.

 El cronista 13/04/2017



2 comentarios:

  1. Que pasa si quiero presentar las DDJJ de Ganancias y Bienes Personales ahora? Tengo que seguir utilizando la ultima version del aplicativo?

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  2. Otro tema: si un contribuyente logró la exención en Bienes Personales, como consecuencia del último sinceramiento fiscal, y este año en su DDJJ Bienes Personales 2016 supera los $ 800.000.- tiene que presentar la DDJJ igual, y pagar?

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